¿Qué es un pagaré?

Es un escrito por el cual una persona llamado suscriptor se obliga directamente a pagar a otra, llamada beneficiario, o a su orden una cantidad determinada o determinable de dinero en una fecha definida. Documento financiero o título en que se deja constancia de que quien lo suscribe tiene la obligación de pagar a la fecha específica en el documento y a la persona identificada en el mismo una cierta suma de dinero. Normalmente el pagaré es producto de una operación de crédito.
¿Cómo cobrar un pagaré por la vía prejudicial?
El cobro de un pagaré tiene como objeto recuperar los créditos que se han constituido en mora (créditos atrasados) dentro de los sesenta días siguientes al día en que el deudor ha caído en mora. Específicamente, el fin de la cobranza del pagaré en esta etapa prejudicial es evitar que el deudor posteriormente se vuelva incapaz de pagar la deuda, lo cual obligaría a iniciar un proceso judicial con todos los costos que los procesos judiciales implican. ¿CÓMO SE HACE?: primero, debes notificar a través de distintos medios (medio telefónico, vía correspondencia, visita al domicilio,...) al deudor que se encuentra en mora, emplazándolo (fijándole un plazo) para que cumpla con la obligación y así logras evitarte la necesidad de tener que iniciar un juicio.
¿Cómo cobrar un pagaré en la etapa judicial?
Frente a un mal resultado en la etapa prejudicial, no tendrás más alternativas que tener que iniciar un proceso judicial por cada deudor que se encuentre en mora, es decir, por cada deudor que no haya podido lograr ponerse al día con su obligación de pagar durante los primeros sesenta días desde que fue considerado como un deudor moroso.
Aquí tú tienes la ventaja de que puedes cobrar el pagaré en un juicio ejecutivo, el cual posee los beneficios de ser un juicio bastante expedito y efectivo. Esto porque el pagaré es un instrumento en donde consta la obligación de una persona a otra de pagar cierta cantidad de dinero y por lo mismo, constituye un título ejecutivo.
Se puede iniciar el cobro con una gestión de carácter preparatorio o derechamente con la demanda ejecutiva. Una vez que interpones la demanda se verá si el deudor se defiende o no, y en caso de que éste no ejerza su derecho de defensa o aun así presentando sus defensas el tribunal no las acogiere, deberá el juez ordenar que se requiera de pago al deudor, y en caso que no pagare, la ley faculta a que se le embarguen sus bienes para así poder satisfacer la deuda.
Ahora al revés, ¿qué ocurre si a ti te demandan por el cobro de un pagaré?
En el caso que te demanden por el cobro de un pagaré, te recomendamos que trates de contactarte lo más rápido posible con nosotros, pues en esa situación cuentas con un plazo muy breve para ejerzas tu defensa (en el peor de los casos tendrás cuatro días para ello) y por lo mismo corres el riesgo de que te terminen embargando tus bienes.
Si necesitas cobrar un pagaré, o te están demandando por el cobro de un pagaré, comunícate con nosotros, reserva una hora por medio de esta página, a través de nuestro correo electrónico elabogadoderecho@gmail.com o por medio de nuestros números de whatsapp +56991229067-+56991201887. ¡Te esperamos!